El BOP n.º 69, del 9 de abril, publica la convocatoria de subvenciones del área de Cultura 2019 que podrán consultar, así como las clausulas generales y el extracto de la campaña RETROBEM LA NOSTRA MÚSICA 2019.
Podrán acogerse a esta campaña las siguientes entidades con domicilio social en la provincia de Valencia que cumplan los requisitos establecidos para cada epígrafe:
Podrán solicitar ayudas para concierto. El importe a subvencionar será 800 euros
Orquestas de Pulso y Púa. Podrán solicitar ayudas para concierto. El importe a subvencionar será 800 euros
Grupos de Tabal y dulzaina. Podrán solicitar ayudas para concierto. El importe a subvencionar será 800 euros
Grupos de Danza y Rondallas. Podrán solicitar ayudas para concierto. El importe a subvencionar será 800 euros
Plazo de presentación.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
La solicitud se realizará a través del formulario oficial, teniendo que presentar además: En los apartados de concierto de todas las agrupaciones musicales:
Aquí encontraréis los modelos y formularios por medio de los cuales presentar la documentación requerida solicitante participar en la campaña Retrobem la nostra Música 2019. Dado que el objeto de la campaña tiene diferentes finalidades, atendiendo las diversas agrupaciones musicales, los documentos obligatorios para solicitar la subvención según la agrupación musical son los siguientes:
2. CORALES, ORQUESTAS DE PULSO Y PLECTRO, GRUPOS DE DANZA Y RONDALLA, GRUPOS DE TABAL I DULZAINA
a) Concierto
– Declaración responsable
– Certificado de que, al menos el 80% de sus componentes residen en el muncipio suyo de la entidad y que esta tiene el domicilio social en el municipio suyo de la entidad y que esta tiene el domicilio social en el municipio al cual representa
– Certificado de estar al corriente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social, si no ha autorizado la consulta por parte de la Diputación
– Formulario de terceros, si solicita la subvención por primera vez o ha cambiado algún dato de la entidad como banco, domicilio social, etc.
– Fotocopia del CIF, si tiene que aportar formulario de terceros
– Fotocopia de la inscripción en el Registro de Entidades, si solicitan por primera vez la subvención
– Fotocopia de los estatutos que reflejan la naturaleza de la entidad si Solicitan por primera vez la subvención